IBNORCA NB 314001: etiqueta nutricional de Bolivia
IBNORCA NB 314001, la etiqueta nutricional boliviana conforme a la NB 314001 - IBNORCA (alineada con el Codex), 7 nutrientes obligatorios, por porción tal como se vende, español en el envase. Genere gratis una etiqueta conforme.
Reviewed against NB 314001 - IBNORCA (Codex-aligned) · Page updated October 25, 2026
Requisitos de etiquetado nutricional en Bolivia
Los alimentos envasados que se venden en Bolivia deben llevar una declaración nutricional conforme a la NB 314001 - IBNORCA (alineada con el Codex). Esta página cubre el formato Bolivia - IBNORCA NB 314001: etiqueta en español alineada con el Codex a través de IBNORCA + SENASAG. Una etiqueta nutricional boliviana conforme declara 7 nutrientes obligatorios: energía, proteínas, grasa total, grasa saturada, carbohidratos totales, azúcares totales y sodio. Los valores se declaran por porción tal como se vende, con la energía en kcal y sodio en lugar de sal. El panel se encabeza con "Información Nutricional". Se exige español en el envase. No hay un esquema obligatorio de advertencias frontales. NFL construye una etiqueta nutricional boliviana lista para imprimir a partir de su receta, aplicando automáticamente las reglas de redondeo y las ingestas de referencia de Bolivia, y la exporta como PDF, PNG, SVG, JPG o EPS.
Normativa oficial
Datos clave
Requisitos de etiquetado de alimentos en Bolivia conforme a la NB 314001
Las reglas de etiquetado de alimentos de Bolivia se basan en el Decreto Supremo N° 26510, que hace obligatorios los puntos 4, 5 y 6 de la norma boliviana NB 314001, Etiquetado de alimentos preenvasados, para los alimentos preenvasados que se venden en Bolivia, tanto de fabricación local como importados. La norma la publica el instituto boliviano de normalización, IBNORCA.
El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) aplica estas reglas mediante su Reglamento de Etiquetado de Alimentos, R.A. 42/2023. Su lista de verificación abarca:
- el nombre del alimento y su condición física, cuando proceda;
- el contenido neto;
- los ingredientes y aditivos, incluidos los alérgenos y los aditivos asociados a riesgos, cuando proceda;
- la identificación del lote;
- el marcado de fechas, cuando se exija;
- las instrucciones de conservación, cuando corresponda; y
- la marca.
Los alimentos preenvasados destinados solo a uso industrial necesitan como mínimo el nombre, la fecha de vencimiento, el lote y los ingredientes y aditivos.
Fuente: Decreto Supremo N° 26510, y SENASAG, Reglamento de Etiquetado de Alimentos R.A. 42/2023.
Requisitos de idioma de las etiquetas de alimentos en Bolivia
El español es obligatorio para la información exigida en la etiqueta, y el formulario de declaración del SENASAG lo verifica.
Cuando la etiqueta de un producto importado está en otro idioma, se permite una etiqueta complementaria en español. Conforme a la R.A. 42/2023, puede añadir la información exigida, pero no puede modificar datos esenciales como el nombre del producto, la marca, la fecha de vencimiento, el lote, el país de origen o el fabricante, importador o vendedor indicado.
Fuente: SENASAG, R.A. 42/2023.
Etiquetado de alimentos importados y aprobación del SENASAG en Bolivia
Los alimentos preenvasados importados están sujetos al Decreto Supremo 26510 igual que los alimentos locales. El importador o distribuidor boliviano y los datos del registro boliviano deben figurar en la etiqueta, lo cual es obligatorio.
El SENASAG registra los alimentos y evalúa las etiquetas. Los solicitantes presentan un modelo de etiqueta, los documentos justificativos y, cuando proceda, una solicitud para usar una etiqueta complementaria. Una etiqueta aprobada sigue siendo válida indefinidamente mientras su información no cambie, pero el SENASAG puede exigir una nueva evaluación si cambian la etiqueta o las reglas.
Fuente: Decreto Supremo N° 26510.
Etiqueta nutricional y ley de alimentación saludable en Bolivia
Bolivia tiene una norma de etiquetado nutricional independiente, la NB 314004, Etiquetado nutricional. Las fuentes oficiales consultadas no confirman que un panel nutricional completo sea obligatorio en todos los alimentos preenvasados ordinarios; cuando se exige información nutricional para una categoría de productos o una etiqueta aprobada, debe seguir las reglas de la autoridad competente, y las declaraciones nutricionales son voluntarias pero están reguladas.
La Ley N° 775, de 8 de enero de 2016, de Promoción de Alimentación Saludable, también prevé el etiquetado de los alimentos altos en azúcar, grasas saturadas, sal o grasas trans. Consulte su reglamentación para conocer los requisitos frontales vigentes.
Fuente: IBNORCA, NB 314004 Etiquetado nutricional, y Ministerio de Salud, Ley N° 775 de Promoción de Alimentación Saludable.
Fuentes
Documentos primarios a partir de los cuales se redactó esta página, verificados el 2026-10-04.
Cómo lo resuelve NFL
- Aplica las reglas de redondeo correctas para cada nutriente
- Usa la tabla de Valores Diarios / ingestas de referencia adecuada para esta jurisdicción
- Renderiza automáticamente las advertencias frontales exigidas cuando se alcanzan los umbrales
- Gestiona etiquetas multilingües donde se exigen (bilingüe EN/FR, EN/ES, árabe + EN, etc.)
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